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Comentario al Artículo 7 de la Ley de Arbitraje Comercial Venezolana

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El tribunal arbitral está facultado para decidir acerca de su propia competencia, incluso sobre las excepciones relativas a la existencia o a la validez del acuerdo de arbitraje. A ese efecto el acuerdo de arbitraje que forme parte de un contrato se considerará como un acuerdo independiente de las demás estipulaciones del mismo. La decisión del tribunal arbitral de que el contrato es nulo no conlleva la nulidad del acuerdo de arbitraje.

ISBN

9798368068220

Publication Date

2022

Publisher

Centro de Investigación y Estudios para la Resolución de Controversias de laUniversidad Monteávila

City

Caracas, Venezuela

Disciplines

Commercial Law | Jurisprudence | Law

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[Nota del Editor] Este artículo guarda estrecha vinculación con el artículo 25 de la Ley de Arbitraje Comercial, por lo que su comentario es aplicable a dicho artículo, lo que el lector podrá evidenciar en este comentario y en el comentario propio del artículo 25 de este libro.

Comentario al Artículo 7 de la Ley de Arbitraje Comercial Venezolana

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